¿Cómo perder mi propiedad en un sencillo paso?

Daniela Tarazona

Daniela Tarazona

Asistente Legal

Tener una propiedad en Colombia a veces parece misión imposible, pues aparentemente hasta el tiempo está en tu contra.

Este es el caso de la figura jurídica de la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio, que representa una ventaja otorgada por la ley que puede jugarte una mala pasada como propietario de un bien inmueble.

Supongamos que José habita un terreno que estaba supuestamente abandonado, hace su vida, su hogar y habita allí durante más de 10 años, tiene su casa y se hizo amigo de los vecinos, pero un día llega Juan diciendo que es el propietario legal del predio e intenta sacar a José, ¿a quién le darías razón legalmente?

En este caso, la ley le otorga a José la oportunidad de alegar la prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio pues Juan dejó pasar demasiado tiempo y ya no tiene derecho de reclamar la propiedad, por lo cual pasaría a estar en manos de José siempre y cuando sea capaz de probar todos los requisitos exigidos.

La figura jurídica de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio está contemplada en el artículo 2518 del Código Civil, mencionando que es aquella figura que permite que la persona que tiene la posesión de un bien, la adquiera por prescripción cuando el verdadero dueño no la reclama oportunamente, es decir, por el simple paso del tiempo.

Son dos los requisitos para adquirir una propiedad por este medio (o perderla): que aquella persona que ostente la calidad de poseedor, en el caso del ejemplo José, lo haya hecho de manera pública, pacífica e ininterrumpida y que además haya pasado 10 años o más. 

De esta manera, resolviendo la pregunta planteada, José tendría la razón legalmente.

Si una persona en su calidad de poseedor actúa como dueño aunque no lo sea por más de 10 años, demostrando que lo hizo pública y pacíficamente, acreditando como testigos los vecinos de los cuales se hizo amigos y aportando las pruebas necesarias de que hizo su vida y su hogar con las mejoras que consideraba, la ley le dará la razón y resolverá que él es ahora el dueño legítimo del bien que ostenta.

Tristemente Juan tendrá que asumir su responsabilidad de haber abandonado su propiedad por tanto tiempo y asumir las consecuencias jurídicas que conlleve.

Así que si tienes un amigo como Juan dile que ponga manos en el asunto antes de que sea tarde y aconséjalo de pasar con nuestros asesores especializados, quienes lo escucharán y brindarán las mejores soluciones para que no pierda su casita.

Recuerda que en Estudios Sociales de Colombia estamos atentos a tus inquietudes y distintas preguntas que tengas sobre problemas legales, no dudes en escribirnos y seguirnos en todas nuestras redes sociales para que no te pierdas ninguna de nuestras publicaciones y novedades.

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